Accesibilidad
Accesibilidad de jpiedra.com
Esta página dice en qué estado de accesibilidad está esta web, cómo se ha comprobado y qué hacer si encuentras una barrera.
Última revisión: 7 de septiembre de 2026
Grado de conformidad
jpiedra.com es plenamente conforme con la norma UNE-EN 301 549 V3.2.1 (WCAG 2.1, nivel AA) en el alcance evaluado que se describe más abajo.
De los 50 criterios de conformidad de nivel A y AA, 38 resultaron aplicables a este sitio. Los 38 se cumplen. Los 12 restantes no aplican porque esta web no tiene el contenido que evalúan: no hay vídeo ni audio, no hay procesos con límite de tiempo, no hay gestos táctiles complejos y no hay transacciones con consecuencias legales o económicas.
«Plenamente conforme» significa que en las páginas y procesos evaluados no se encontró ningún incumplimiento. No significa que la web sea perfecta: se ha evaluado una muestra, no las 32 páginas, y ninguna evaluación sustituye a lo que te encuentres tú usándola. Si das con una barrera, cuéntamela: está más abajo cómo.
Alcance evaluado
La evaluación cubre la versión en español de jpiedra.com: 8 páginas seleccionadas y los 2 procesos completos del sitio.
- Páginas: la portada, servicios, la página de la auditoría, el autoevaluador de la Ley 11/2023, el índice del blog, una entrada del blog, el caso de auditoría y el aviso legal.
- Procesos completos: el formulario de solicitud de auditoría y el autoevaluador, incluidos sus mensajes de error.
- Además: un barrido automático sobre las 32 páginas en español del sitio.
Qué queda fuera: la versión en inglés de este sitio, que se evaluará por separado, y el contenido concreto de las entradas del blog que no entraron en la muestra, más allá del barrido automático.
Cómo se ha comprobado
Método: autoevaluación. La revisión la he hecho yo mismo, que soy el titular del sitio y me dedico a auditar accesibilidad web. No es una evaluación de un tercero independiente, y conviene leerla sabiéndolo.
Se siguió la metodología WCAG-EM 2.0 para elegir la muestra, y se combinó análisis automático con verificación manual:
- Análisis automático con axe-core 4.11.4, en escritorio y en móvil.
- Recorrido de teclado parada a parada en cada página, y los dos procesos completos hechos solo con teclado.
- Comprobación de los 50 criterios uno a uno, cada uno con su procedimiento y su resultado anotado.
- Lector de pantalla NVDA real sobre los dos procesos, y lector virtual sobre el resto de la muestra.
Fecha de la evaluación: 7 de septiembre de 2026. La evaluación encontró tres incumplimientos —dos de contraste y uno en el menú de navegación en pantallas pequeñas— que se corrigieron y se volvieron a comprobar antes de publicar esta página.
Navegadores y tecnologías con los que se ha comprobado: Chromium en escritorio (1280 px) y en móvil (375 px), y NVDA sobre Windows. No se ha comprobado con VoiceOver, JAWS, TalkBack, Safari ni Firefox, así que no se afirma nada sobre ellos.
Si encuentras una barrera
Si algo de esta web no puedes usarlo —con teclado, con lector de pantalla, con zoom, con el contraste que sea— escríbeme y lo miro:
Te respondo en 5 días hábiles diciéndote qué he comprobado, si se va a corregir y en qué plazo. Si necesitas cualquier contenido de esta web en otro formato, pídemelo por ese mismo correo indicando cuál te sirve.
Como cualquier persona consumidora, además puedes dirigirte a las autoridades de vigilancia del mercado designadas por tu comunidad autónoma y a los servicios de consumo, con independencia de este canal.
Por qué publico esto si no estoy obligado
Conviene decirlo claro: hoy no me es exigible publicar esta información. jpiedra.com es la web de un profesional autónomo que presta servicios de consultoría y auditoría, así que no le aplica ni el Real Decreto 1112/2018 (que rige para el sector público) ni la Ley 11/2023.
Sí le alcanza el Real Decreto 193/2023, artículo 14.2, que obliga a las webs privadas cuyo contenido se refiera a bienes y servicios a disposición del público a incorporar los criterios de accesibilidad del Real Decreto 1112/2018 —hoy, por remisión de su artículo 6, la norma UNE-EN 301 549—. Su calendario (disposición final sexta) sitúa esa obligación en el 1 de enero de 2029 para los servicios privados nuevos y en el 1 de enero de 2030 para los ya existentes. Tampoco entro en el artículo 14.3, que obliga a consignar el grado de accesibilidad a las empresas de «especial trascendencia económica»: no llego a sus umbrales.
Publico esto por transparencia, por llegar con antelación a ese calendario, y porque quien vende auditorías de accesibilidad debería poder enseñar el estado de su propia web sin que se lo pidan.
Fechas y revisión
- Evaluación realizada el: 7 de septiembre de 2026
- Método: autoevaluación del titular del sitio
- Última revisión de esta página: 7 de septiembre de 2026
- Próxima revisión prevista: septiembre de 2027, o antes si hay un rediseño o un componente interactivo nuevo
Esta es información de transparencia sobre el estado de accesibilidad del sitio. No es un certificado ni una acreditación de conformidad legal, y ningún organismo la ha validado. Está redactada por un especialista en accesibilidad, no por un abogado: la aplicación de la normativa a un caso concreto puede tener matices que requieran asesoramiento jurídico.